Tratados Vigentes en 1890

Visita este foro para conocer las reglas que rigen el juego, la Cartografia y cualquier ínformación necesaria para entender el juego

Tratados Vigentes en 1890

Postby dj_general » Wed Sep 23, 2020 12:49 am

Establecemos reglas para los demás y excepciones para nosotros.

François de La Rochefoucauld (1613-1680) - Escritor francés.
"La bandera sigue al dólar y los soldados siguen a la bandera".

Smedley Darlington Butler (1881-1940)
dj_general
Site Admin
 
Posts: 2882
Joined: Wed Mar 16, 2011 12:23 am

Re: Tratados Vigentes en 1890

Postby dj_general » Wed Sep 23, 2020 12:56 am

AVISO A CURIOSOS DE LA HISTORIA - ESTOS SON LOS ÚNICOS ACUERDOS DIPLOMÁTICOS VIGENTES A EFECTOS DEL JUEGO

Conferencia de Berlín de 1878:
Con los términos de este tratado se determinó la creación de los estados independientes de Serbia, Montenegro, Rumanía y Bulgaria.
El Imperio Otomano conserva una estrecha franja de territorio que conecta (atravesando la región de macedonia) las provincias Otomanas de Albania con Tracia.
La provincia de Bosnia-Herzegovina permanecerá bajo control militar Austro-Húngaro pese a reconocerse internacionalmente la soberanía del Imperio Otomano sobre la región.
Se reconoció como legítimas las reclamaciones territoriales Francesas e Italianas sobre las provincias norteafricanas de Tunicia, Tripolitana y Cirenaica.
Por último se garantiza a Austro-Hungría el control militar del corredor de “Sanjak de Novi Pazar”, una franja militarizada que se interpone entre los territorios Serbio y Montenegrino.

Conferencia de Berlín de 1880:
Celebrada para tratar de regular la expansión colonial en África estableció la aplicación del principio del “uti posedis iure”, de modo que el territorio africano pertenecería a aquel que primero realizara un control efectivo sobre este (por control efectivo se entiende el control militar o la aplicación administrativa efectiva sobre el territorio).
Se aceptó por parte de todas las potencias firmantes no tolerar las actividades esclavistas, la apertura internacional al tráfico fluvial de los ríos Congo y Níger, y se acordó la prohibición de venta de armas a ninguna nación no soberana.

Tratado de los estrechos de 1841:
Establece los estrechos del Bósforo y de Los Dardanelos como zonas de paso vetado a cualquier unidad militar a excepción de la marina de guerra Otomana.

La División de la India:
Pese a ser La India nominalmente una posesión británica, antiguos tratados que se remontan al siglo XVIII (y todavía con vigencia) establecen el derecho Francés y portugués de mantener puertos en Pondicherry y Goa respectivamente. El 20% del comercio Indio pasa por puertos franceses.

Convención de Constantinopla de 1888:
Establece que el canal de Suez estará abierto a todo buque (comercial o bélico) sin distinción de bandera. Tanto en tiempo de paz como de guerra.
Se decretó la desmilitarización (salvo aquellas fuerzas destinadas a salvaguardar el cumplimiento del contrato) del Canal de Suez por parte de todas las naciones. Tanto en el
canal propiamente dicho como en sus áreas de acceso (puertos del canal) como el área de tres millas alrededor de estos.
El compromiso de las naciones también incluye que ninguna acción ofensiva que tenga por objeto obstruir la libre navegación del canal será cometida dentro del área desmilitarizada.
Indica también que ningún barco beligerante podrá reavituallarse en el canal.

Los Tratados Desiguales:
China se mantiene como un estado independiente en el juego, incluso con otros estado rindiéndole vasallaje (Corea, Mongolia y Manchuria). Pero esto es algo más teórico que práctico en lo que a las prácticas comerciales hablamos. Tras una serie de tratados impuestos por la fuerza esta ha perdido toda soberanía sobre sus puertos, que son manejados por una burocracia mercantil y occidental.

El Casus Belli y las declaraciones de Guerra:
El derecho internacional estipula que ante toda declaración de guerra debe mediar un Casus Belli.
De este modo, la aceptación o no del Casus Belli como válido por parte de la comunidad internacional tendrá sus consecuencias respecto a la opinión pública mundial sobre el régimen desencadenante (y también sobre la opinión pública interna). Al menos la actitud de las potencias menores se verá afectada, y es por ello que la dirección de juego recomienda consultar previamente sobre las consecuencias previsibles de sus actos. Señores, no estamos jugando al Risk.
"La bandera sigue al dólar y los soldados siguen a la bandera".

Smedley Darlington Butler (1881-1940)
dj_general
Site Admin
 
Posts: 2882
Joined: Wed Mar 16, 2011 12:23 am


Return to Documentación

Who is online

Users browsing this forum: No registered users and 2 guests

cron